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EXP 161715/17"HOY: DEL BUONO DANIELI, LEANDRO GUILLERMO C/ SUPERMAXS.A. Y OTRO S/ IND."

Foto del escritor: Velozo ParryVelozo Parry

F A L L O:


N.º:_80_/


1) HACIENDO LUGAR parcialmente a la demanda instaurada por el Sr. LEANDRO GUILLERMO DEL BUENO DANIELI, CUIL N.º 20-31568772-2 contra la firma SUPERMAX S.A. CUIT N.º 30-70816475-1 y en su efecto condenando a ésta, a pagar al primero, dentro de los diez días de quedar firme y ejecutoriada la presente, la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($247.608,75) con más los intereses legales establecidos en el Considerando XXI) mediante depósito por ante el Banco de Corrientes S.A. –Casa Central- a la orden de este juzgado y como perteneciente a esta causa, con las costas establecidas en el Considerando XXIII).-

2) CONDENANDO asimismo a la demandada SUPERMAX S.A. a hacer entrega a la parte actora de las Certificaciones de Servicios y Remuneraciones percibidas y demás documentación laboral requerida, debidamente confeccionada conforme pautas vertidas en la presente, en los términos del artículo 12 inciso g) de la Ley Nº 24.241, dentro de los diez (10) días de quedar firme y ejecutoriada la presente bajo apercibimiento de imponer sanciones conminadoras (consistentes en el importe de $2.500), por cada día de demora, en caso de incumplimiento a favor del actor, durante el lapso máximo de treinta -30- días hábiles, vencido el cual cesarán las astreintes y, de ser solicitado, se procederá a librar oficio a la AFIP-DGI, con remisión de copia íntegra de la demanda y de la sentencia definitiva.-

3) DIFIRIENDO la regulación de los honorarios para cuando obre planilla de liquidación actualizada conforme lo dispuesto en el punto 1) de la presente y se cumplimente con las previsiones del artículo 9° de la Ley N° 5822.-





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